DEONTOLOGÍA PARTE PRIMERA
TEMA 1.- LA ÉTICA Y PRINCIPALES MODELOS ÉTICOS
1.1.- ¿QUÉ ES LA ÉTICA Y QUÉ ES LA MORAL?
Moral referido a costumbres (mos, moris, manera de vivir, modo actuar personas)
- Saber práctico, mundo comportamientos humanos
- Códigos, costumbres, máximas, consejos, advertencias, prohibiciones y exhortaciones tácitas o expresas = NORMAS
- Códigos y juicios intentan regular conductas seres humanos (¿qué debo hacer?)
- Modo actuar ser humano ... hábitos y costumbres repetidos
- Saber práctico
- Dirige de forma inmediata la acción humana
- No existe un sólo código
- Existen varias morales, tantas como culturas
- Moral dicta qué hacer y qué es lo bueno, según normas y códigos conducta
- Dimensiones
- Objetivo ¿qué es lo bueno?
- Subjetivo ¿qué debo hacer?
Ética = hábito o costumbre (del griego ethos, carácter)
- Nivel reflexivo, cambio nivel respecto moral, abandona la praxis, moral pensada
- Función dar reflexiones filosóficas hecho moral
- Otorga razones y fundamentos a normas morales
- Nace con filosofía griega, se ocupa de lo moral, objeto fº moralidad
- Saber teórico, expertos o filósofos
- Se ocupa de felicidad, bien, virtudes, razón como instrumento moralidad, sentimientos morales, valores, conciencia moral, libertad y deber
- No dicta normas, las argumenta
- Saber técnico, sistematizado
- Universal y único
- No obstante éticas = corrientes éticas
- Diferentes maneras argumentar moralidad
- Responde a dos preguntas (desde saber técnico, sistematizado y filosófico)
- ¿Qué debo hacer?
- ¿Por qué es bueno?
- Pertenece a la filosofía práctica
- Filosofía moral, pregunta por la felicidad
- Filosofía jurídica, pregunta por la justicia
- Filosofía política, pregunta por el poder
- Filosofía religiosa, pregunta por la transcendencia
Filosofía = búsqueda del saber, se cuestiona constantemente la realidad, pregunta sobre materias otras disciplinas
1.2.- CORRIENTES ÉTICAS
Grecia Clásica
- Sócrates, busca verdad, intenta definir virtud, criterios racionales verdadera virtud
- Una vez conocida verdad, imposible obrar mal
- Platón
- Moral = bondad, motor individuo y sociedad
- Capacidad compartir vida en común
- Hombre bueno dentro de una sociedad buena
- Organización social encargada de formar en bondad y justicia
- Gobernante debe ser filósofo
- Aristóteles
- Bondad tendencia natural seres y cosas
- Obrar de acuerdo con naturaleza
- Hombre obra correctamente si conforme a razón
- Delibera acerca virtudes que conducen a felicidad
Estoicos (paz interior búsqueda felicidad)
Hedonismo
- Ser humano tiende a felicidad (placer físico y ausencia dolor)
- Moral ayuda al hombre a mayor placer posible
San Agustín y Santo Tomás
- Felicidad fin último actividad humana (sólo se encuentra en Dios)
- Vida futura y definitiva
- Ley divina indica actuación
- Santo Tomás
- Moral debe influir para que leyes humanas se ajusten a leyes naturales
- Ley natural aplicación ley eterna por el ser humano
Ética sentimientos (Hume)
- Sentimientos marcan bueno y malo
- Razón no puede orientarnos
Formalismo kantiano
- Actividad moral no búsqueda felicidad sino cumplimiento deber
- Persona ayuda a vecino porque considera deber (no es que se sienta bien)
- Nos damos cuenta normas actuación (autonomía moral)
- Las querríamos para demás (universalidad)
- Respetamos a seres humanos y no las utilizamos para otros fines (dignidad)
- Moral kantiana sistema formal
- No prescribe ningún contenido moral
- Indica forma actuación
- Por respeto al deber
Utilitarismo
- Conseguir mayor felicidad para mayor número de individuos
- Objetivo último ser humano = maximizar placer
Ética material valores (respuesta a moral kantiana)
- Dota de contenido a moral
- Valores indicadores moralidad acción
- Valor algo que merece ser elegido, preferido y captado por intuición emocional, no por la razón
Éticas socialistas = Justicia igualitaria
Intuicionalismo = Conocimiento verdad a través intuición
Emotivismo
- Enunciados morales sólo indican aprobación o desaprobación
- Indicadores = emociones
Prescriptivismo
- Lenguaje moral imperativo
- Prescribe conductas
Ética dialógica
- Normas morales en diálogo
- Legitimadas por consenso
Posición original = principios morales producto de acuerdo
Libertarianismo
- Libertad --> bondad
- Restricciones malas
Comunitarismo
- Hombre ser comunitario
- Comunidad centro vida moral
Éticas alteridad
- Lo importante es la moral del otro
- Me enseña, habla
Ética compasión
- Moral basada en la figura víctima (fracasado, débil)
- Solidario descubre que propia dignidad depende del otro
Ética liberación
- Primer fundamento sistema moral = liberación pobre, oprimido
- Principio básico moral universal = liberar al ser humano
1.3.- CONCEPCIONES TELEOLÓGICAS Y CONCEPCIONES DEONTOLÓGICAS
Todas corrientes Ética pueden subsumirse en:
- Teleológicas
- Decisión moral sobre acciones debe orientarse a fines que persigue
- Ética del fin
- Felicidad, placer a través acciones
- Deontológicas
- Elemento crucial = deber
- Obrar por convencimiento deber actuar una determinada manera
- Ser humano único capaz separarse fines naturales y dictar propias leyes morales
- Ser humano bueno = se somete a propia ley natural
1.4.- CONCIENCIA, DECISIÓN Y ACCIÓN
Diariamente toma decisiones y acciones concretas
- Relación con función pública
- Comportamiento dirigido a servicio ciudadano y sociedad
- Espacio coherencia personal, fundamentación propias acciones y decisiones
- Conciencia psicológica: hecho reconocer o percibir algo
- Conciencia moral: conocer bondad o maldad comportamiento
- Etapas conciencia
- Tabú: conductas infantiles, amorales y cautelosas
- Legalista: autoritarismo moral y cumplimiento rígido norma
- Reciprocidad: hacer a otros lo que quieras que los demás te hagan a tí
- Regla de oro
- Moralidad social: sistema social que define reglas comportamiento
- Autonomía moral: dominio de sí mismo y propia vida
- Evolución significado conciencia
- Mundo hebreo término conciencia no existe
- Corazón = zona interior ser humano donde resuena voz Dios
- Sabiduría = discernimiento ético
- Mundo griego
- Syneidesis = saber con otro (testigo, confidente, cómplice)
- A través oikeoisis (autocomprensión ley natural guía vida)
- Mundo romano
- Conscientia (cum scire) saber compartido
- Alcanzar algo mediante el saber
- Antigüidad tardía
- Cristianismo
- Conciencia ... juez interior y voz de Dios
- Valoración moral comportamiento
- San Pablo habla de
- Obedecer propia conciencia
- Respetar conciencia de otros
- Visión legal actual S. XVII - XVIII
- Moral objetiva
- Tuciorismo absoluto
- Si hay mínima probabilidad existencia ley, hay que cumplirla
- Tuciorismo mitigado
- Conciencia debe conformarse con opinión favorable propuesta por ley
- Probabiliorismo vs probabilismo
- Seguir la opinión más probable vs probable
- Compensacionismo
- Riesgo infringir norma por razones proporcionadas a quebranto material ley moral
- Moral subjetiva
- Laxismo
- Independencia hombre o sociedad, y Estado
- Librarse cumplir norma por hecho opinión libertad actuar
- Probabiliorismo
- Calificación bondad o malicia actos humanos
- Contraponerse a probabilidades
- Lícitamente se puede seguir vs seguridad
- Equiprobabilismo
- Probables opuestas
- Prevalece ley (norma)
- Si duda prevalece libertad
- ¿Conciencia Moral?
- Conciencia elemento básico moralidad
- Lo completa dúo libertad - responsabilidad
- Realización conducta por libertad (podemos o no llevarla a cabo)
- Características
- Intimidad
- Lugar opción bien o mal
- Corazón ser humano
- Espíritu
- Algo personal
- Sensibilidad persona hacia valores morales
- Aptitud psicológica ... atención, darnos cuenta realidad
- Juicio (capacidad discernir bueno vs malo)
- Autodeterminación (norma debe estar aceptada por sujeto)
- Hábito (resultado repetición actos). Actitudes
- Tomar opción para actuar, fundamental o dar razones actuación
- Primer plano responsabilidad
- Se concreta en acción o conducta sujeto
- Existencia fin, plan
- Evaluación y reestructuración ... consecución fin
- No se puede tratar acción o conducta moral sin entender responsabilidad conducta
- Fenómeno interpersonal y social
- Influencia aspectos motivacionales, comportamiento personas
- Modelo persona endiosada (juicio moral privado)
- Legitimados para juzgar a otros
- Modelo vida como Tribunal Justicia (juicio moral público)
- Juicio en función criterios públicos
1.5.- LA MORAL COMO CÓDIGO DE CONDUCTA: EL VALOR, LOS PRINCIPIOS Y LA NORMA
Sociedad precisa mecanismos, condiciones o actitudes funcionamiento
- Fortalecen y aseguran funcionamiento grupo humano
Sistemas normativos y sociedad
- Mecanismos funcionamiento vida social
- Unidad acción
- Coincidencia programa miembros grupo
- Buscan lo mismo
- Misma intención actuar
- Cooperación ... participación común elementos fundamentales vida social
- Consecución programa común
- Integración
- Conciencia pertenencia (sentirse grupo)
- Imprescindible para mantener grupo social
El valor
- Posibilidades actuar, realización persona, construcción persona, propiedad o cualidad bienes
- Hechos norma (acontecimientos)
- Juicios (descripciones acontecimientos)
- Juicios valor
- Reflexión valorativa acontecimientos
- Aptitudes personales
- Definen conducta individuo frente sociedad
- Normas
- Enunciados directores acción (no proporcionan información)
- Existen valores e intentamos realizarlos
- Características generales valores
- Bipolaridad (bondad - maldad, justicia - injusticia, verdad - mentira)
- Jerarquía
- Marxismo
- Igualdad vs libertad
- Liberalismo
- Libertad vs igualdad
- Contenido constitución valor: placer, deber, felicidad
- Intuición: no materiales, sensación que transmiten
- Perennidad (permanecen, no cambian, cambio = vivencia que se tenga sobre ellos, percepción)
- Características valor en campo moral
- Subjetividad (intencionalidad individuo)
- Justificación razón actos
- Mediación entre valores (valor moral presente en resto valores)
- Razón ser persona (realización personal)
- Valores básicos
- Honestidad
- Disponibilidad al ciudadano
- Confidencialidad
- Profesionalidad
- Veracidad
- Equidad
Los principios
- Valores ... principios ... normas
- Conductas valiosas
- Normas muy genéricas, orientan acción, prescripciones o prohibiciones
- Fundamentales (establecen razones acción)
- Generales (prescripciones genéricas)
- No definitivos o concluyentes
- Simples directrices óptimas (cumplidos en diferentes grados)
- Deben favorecer al débil
- Normas abiertas, sin determinación fáctica momento aplicación
- No determinan decisión, sólo proporcionan razones opciones
- Dimensión peso cuando colisión principios, mayor peso uno sin invalidar otro
- Moral y tipología
- Juicios valor bueno
- Establece criterios punto vista planteamiento cuestiones
- No soluciones sino guía decisiones
- Principios principales abogacía (conjugar para evitar despersonalización consecuente a despersonalización sociedad beneficiencia + autonomía + justicia)
- Beneficiencia
- En beneficio cliente, y subsidiariamente sociedad
- Autonomía (profesional y cliente no mismo plano)
- Profesional sabe, cliente inexperto (no reducible mero objeto)
- Evita desigualdad
- Profesional toma en cuenta decisiones cliente representado y puntos vista
- Estrategias contar con autorización y consentimiento, o aceptación cliente
- Justicia
- Prioridades equilibrio demandas exageradas, recursos escasos
- profesionales (más medios)
- usuarios (más servicios)
- Honradez
- Cumplir con deberes con uno mismo y con los demás, no engañar cliente, actuar con probidad
Las normas
- Canaliza y dirige conductas, buen funcionamiento vida colectiva, pacto social
- Concretan indicaciones principios y valores
- Normas específicas secundarias respecto principios
- Normas menos generales, prescriben modelos conducta concretos y completos
- Cerradas, establecen claramente supuesto fáctico
- Determinan decisión, señalan consecuencias acción
- No dimensión peso
- Norma Moral (ámbito valor y responsabilidad moral)
- Concreción valor y principio moral
- Norma interior (requiere intervención conciencia)
- Necesidad normas
- Mediación
- Concreción y precisión valor
- Guía conductas y comportamientos
- Dota de intención moral (pasan de deseo a imperatividad)
- Defensa de violencia e injusticia
- Clasificación normas
- Compulsivas
- Integran normatividad social (jurídicas, costumbres, morales)
- Reducen ser humano a dependencia de otros
- Normas liberalizadoras
- Normas que buscan y proporcionan desarrollo personal, profesional y autónomo
- Mejora calidad vida sujeto y aumento felicidad del mismo (y disminuye dolor)
- Tienen en cuenta propias metas, deseos y objetivos
1.6.- ÉTICA PRIVADA, PÚBLICA Y CIVIL
Moral código normativo control mecanismo socialización
- Distintos niveles éticos: personal, privado, público, civil y mínimos
Diferencia ética personal vs pública y ética personal vs social
- Ser humano individuo personal y social (se integra en grupos sociales)
- Moral personal establece comportamiento individuos
- Evaluación aislada comportamiento (¿qué debo hacer?, ¿qué es un bien?)
- Reflexión comportamiento (¿vida buena, feliz y humana?)
- Moral social evalúa comportamiento individual vs social dirección conducta humana para conseguir sociedad feliz y justa
- Sociedad no suma individuos
- Compleja red estructuras e instituciones <-- interacciones individuos y grupos
- Sociedad e individuo deben alcanzar felicidad
- Recurrir a actividades cooperativas (prácticas profesionales)
- Cada actividad bienes internos que no puede conseguirse de otro modo
- Medicina cura
- Universidad enseña
- Judicatura imparte justicia
- Bienes externos (secundarios: prestigio, dinero, poder)
- Si secundarios priman sobre primarios ... corrupción
- Moral organización (valoración)
- Determinar bien interno
- Establecer medios adecuados y necesarios ... producir bien
- ¿Valores en juego?
- Determinar hábitos - costumbres - cultura organización y miembros
- Incorporar valores
- Forjar carácter toma decisiones
- Diferencias y semejanzas moral personal y social
- Individuos autónomos en comportamiento y elecciones
- Instituciones y organizaciones integrados en pluralidad de ellos
- Menos autonomía actuación y mayor influencia entorno profesional
- Corrupción prima individual y no colectivo, y no éticamente correctos
- Ética Pública (privado vs público)
- Mundo privado refugio individuos apartarse vida pública
- Declive público (Estado)
- Nuevo paradigma político (público) = sociedad civil
- Negatividad (crítica, no idea concreta sociedad)
- Fragmentarismo (no único sujeto, diversificación protesta social)
- Disenso (antítesis consenso <-- fragmentarismo y negatividad)
- PARADIGMA POLÍTICA NO INSTITUCIONAL
- Ámbito público
- Sociedad civil no institucionalizada
- ¿Sólo susceptible reflexión ética en este ámbito? (Mugerza)
- Ética Personal (moral individual)
- Ética Interpersonal (regula relaciones sociales sociedad civil)
- Ética impersonal
- Reflexión sobre moral relaciones sociales en plano político institucional
- Moral pública
- Estado debe promocionar
- Fomento democratización social
- AAPP
- Actividad social (persigue bien público)
- Aspecto organizativo (agrupación humana especialistas actividad común)
- Cultura organizativa (interactúa y desarrolla relaciones humanas)
- Instituciones jurídico - administrativas
- Política institucional
- Todos ciudadanos individuos morales
- Individualismo confluencia sociedad civil y política
- Ambos constituidos por individuos
- Funciones públicas servicio interés general
- Ética general o particular
- Responsables públicos conscientes esfera íntima
- Fuente poder reside en confianza ciudadana
- Necesidad forjar entorno ético - público (sin corrupción)
- Servicio a comunidad principal fundamento actuación poderes públicos
- Contenidos diversos
- Conducta funcionarios públicos
- Problemática secretos oficiales
- Abuso poder
- Nepotismo
- Financiación partidos
- Ética profesional
- Actividad laboral en sociedad determinada dentro institución concreta
- Realización servicio beneficio grupo social
- Renuncia a intereses personales para ponerse al servicio intereses profesión (bajo juramento)
- Actitudes negativas ante trabajo
- Olvidar dimensión creadora (trámite obtención recursos)
- Pereza (pocas ganas trabajar ... descuido y mala realización)
- Concentrar todas energías en trabajo (descuido esfera personal)
- Cualquiera creencias obligación colaboración leal ... perfección grupos sociales
- Sin consenso tácito no posible llevarlo a cabo
- Existencia valores o ideales compartidos
- Peligros
- Quedar limitado a pacto estratégico (concordia vs estrategia)
- Quedar limitado a procedimiento formal (no regla mayorías vs todos)
- Quedar limitado a dimensión moral ser humano (normas legitimadas por consenso)
- Normas convivencia sociedad intereses afectados en posición igualdad (no límites a pactos fácticos)
- Depende de perspectiva subjetiva
- Conjunto mandatos
- ¿Mandatos jurídicos?
- ¿Qué distinguen los mandatos jurídicos de los morales?
- Consideración notas definitorias ámbito realidad puramente convencional
- Valor conceptos no puede provenir de imposible determinación correspondencia con realidad
- Verdaderos o falsos
- Inevitable preguntar criterio aceptabilidad
- Delimitar y acotar eficacia
- Construcción conceptos dependen de observador
- Definición subjetiva
- Depende de prejuicios entorno, conocimientos y juicios valor implícitos
- Normas jurídicas cambios y puntos vista fenómenos jurídicos
- Enunciados que imponen deberes y generan obligaciones
- Pretende orientar acción humana hacia realización fines
- Establecimiento patrones conducta (obligando, permitiendo)
- Validez expresa pertenencia a sistema normativo
- Norma jurídica válida si insertada en elenco normas integrantes sistema jurídico (pacto social)
- Condiciones o requisitos formales normas
- Formal
- Procedimiento
- Material
- Utilidad planteamiento reconocer normas válidas
- Inadecuado para explicar Constitución
- Doctrina requisitos formales y materiales no permite explicar validez
- No cumple requisitos formales ni estándar material validez
- Dimensión fáctica (hecho social) circunscrita a relaciones humanas
- Eficacia diversos significados
- Cumplimiento normas sociedad
- Asegurar bienes, buscar fines
- Norma eficaz cuando destinatarios actúan conforme a ella
- ¿Conduce a realización fin?
- Derecho como norma adquiere significado ámbito noción validez
- Consecuencias jurídicas normas válidas
- Eficacia normas = efectos que producen por su promulgación
- Derecho recoge punto de vista sobre justicia (mandatos y prohibiciones)
- Determinación justicia Derecho ... juicio valor
- Derecho justo sólo si coherente con orden moral
- Derecho injusto si contradice orden moral
- Derecho y Moral realidades complejas
- Derecho = normas, interpretación y aplicación por poderes Estado
- Moral abarca multitud individuos
- Moral social: valores sociedad en momento determinado (dinámica)
- Moral crítica: fundada racionalmente
- Relación fáctica Derecho - Moral constante pero cambia a lo largo historia
- Vínculo normativo
- En ocasiones la sociedad demanda normas
- En otras ocasiones, los poderes fácticos cambian la moral a través de la legislación
- Sociedades distribuir recursos escasos, resolver conflictos y cooperar para alcanzar fines (supervivencia)
- Normas instrumento cooperación
- Cada sociedad necesita una normatividad distinta
- Derecho adopta distintos papeles o funciones
- Control social (cohesiona grupo social)
- Qué se debe hacer y qué se puede omitir
- Transgresión ... sanciones administrativas o penales
- Normas consagran principio libertad
- Limitado por normas que hay que acatar y cumplir para alcanzar metas y fines personales, y sociales
- Evitar conflictos y saber como resolución
- Organización social
- ¿Contribuye Derecho a igualdad material entre ciudadanos?
- ¿Puede Derecho actuar para cambiar sociedad?
- Puede modificar el orden social
- ¿Puede hacerlo en cualquier sentido? (¿intervencionismo?)
- Resolución de conflictos
- Derecho proporciona medios para resolver conflictos
- No toda resolución conflictos se apoya en Derecho
- Legitimación poder social
- Derecho estrecha relación con poder político
- Encargado generar normas jurídicas
- En Estado Derecho no sólo ciudadanos destinatarios normas
- También Estado y AAPP
- Otorga legitimidad a poderes públicos
- Y controla al propio Estado
- Derecho hacerse cargo de conflictos individuales
- Carácter social
- Derecho no conlleva a congruencia
- Conflictos obligaciones jurídicas vs obligaciones creencias (religiosas o morales)
- Derecho utilización articulación mecanismos
- Factible convivencia
- Evitar imposición autoritaria para someter a unos por otros
- Indistinción en único orden normativo
- Distinción entre ambos
- Reconocer vínculos sin que ello signifique sacrificio identidad
- Unidad y subordinación
- No relación moral - derecho
- Moral no individualizada
- Derecho no autonomía vs moral
- Todas acciones humanas tienen que acatar normas impuestas por Dioses (sistemas arcaicos evolución humana)
- Edad Media creación normas subordinadas a orden moral justo (inmutable)
- Normas sólo válidas y obligatorias si coherentes con orden moral
- Separación Moral y Derecho
- Edad Moderna transformación paulatina concepción Derecho
- Distinción ambos sistemas normativos
- Derecho vs Moral
- Culminación final Edad Moderna (siglo XVIII)
- Absolutismo ... Príncipe no imposición a súbditos
- Kant sistematizó corriente (carácter autónomo de la moral y heterónomo del Derecho, además de relación con coacción)
- Imposibilidad distinguir mandatos jurídicos vs mandatos otros órdenes coactivos mediante referencia a justicia
- Derecho injusto = Derecho
- Intentos restauración vínculos Moral y Derecho
- Retormulación positivismo jurídico
- Norma jurídica ... norma jurídica generada conforme regla conocimiento criterios autoridad identificación reglas válidas sistema
- Criterios no necesidad referencias moral o injusticia aunque normas convivencia deben incluir contenidos morales
- Contenido mínimo Derecho natural
- Vulnerabilidad e igualdad entre seres humanos
- Prohibiciones comunes al Derecho y a la moral
- Sistemas constitucionales
- Tratan de recuperar vínculo Moral - Derecho
- Exigencia poderes públicos actúen conforrme valores típicos discurso moral
- Necesidad separar convicciones religiosas individuales vs mandatos poder público
- Separación esferas público vs privada
- Mitigación efectos religiosos
- Estado poder encima facciones sociedad
- Neutraliza presión cada una facciones
- Imposición autoritaria a todos particular manera entender bien
- Fin Estado crear paz, tranquilidad y seguridad jurídica
- Liberar a individuos de gobierno arbitrario
- Obstáculo insalvable individuos desarrollo plan vida autónomo
- Garantiza derechos individuos (vida privada y propiedad) vs tiranía y autoridad Estados
- Principios Estado Derecho
- Imperio ley
- Ley prima sobre Estado
- Separación poderes públicos
- Protección derechos civiles y políticos frente injerencias Estado
- No todos Estados son de Derecho
- Aunque todos produzcan normas jurídicas
- Estado liberal encarna postulados Estado Derecho (de manera pobre)
- Instituciones políticas poco representativas
- Prima libertad individuos frente solidaridad
- Con tiempo surge sistema social
- Contemplar libertades individuos
- Mirar por capas más desfavorecidas
- Sacando partidas presupuestarias
- Estado presta Servicios Sociales
- Estado protege derechos civiles
- Estado protege garantías procesales individuos
- Estado interviene en sociedad
- Hacer efectiva para todos ciudadanos
- Capacidad elegir libremente obligaciones y a cambio de qué prestaciones
- Estado social debilita imperio ley con Estado intervencionista
- Estado representante más débiles frente poderosos
- Constituciones límites generales organización poder público, órganos, competencias y procedimientos actuación
- Por sí mismas no garantizan proclamado
- Necesitan del legislado
- Estado legislativo de Derecho
- Sistema jurídico político
- Al margen reparto funciones división poderes y primacía poder legislativo
- Tribunales garantizan derechos fundamentales reconocidos en Constitución
- Interés con las relacionadad con ejercicio profesión, relación con Derecho, y especialmente Ética.
- Origen 1834 Jeremy Bentham (Deontology of de science of morality)
- Rama Ética (objeto deberes y normas morales)
- Deontología (y moral) debe sustentarse en principio utilidad
- Actos hombres explicación en función felicidad o bienestar proporcionado
- Actualmente DEONTOLOGÍA = rama particular Ética
- Deberes y Obligaciones morales personas en ejercicio profesión concreta
- En 1º momento Bentham refª aplicación Ética normativa
- Investiga deberes morales conducta profesión
- 2º momento
- Conjunto normas carácter prescriptivo ejercicio profesión
- Ya no se trata investigar sobre bueno o malo
- Comparte opinión propios profesionales
- Código deontológico colegios y asociaciones profesionales
- 3º momento Deontología Profesional = Derecho
- Reflexión ética profesionales ... Acuerdos corporativos (normas)
- Ética no es lo mismo que Deontología
- Ética = disciplina estudia contenidos normativos de cada grupo profesional
- Estudio bien o bueno
- Independiente normas deontológicas
- No recogida en normas ni códigos
- Pero las dirige e inspira
- No exigible a profesionales
- Es parte de la Ética aplicada
- Deontología = conjunto normas vinculantes para colectivo profesional
- Objeto estudio deber o deberes
- Se recoge en conjunto normas (carácter prescriptivo)
- Orientadas a ejercicio profesión
- Da lugar a códigos deontológicos
- Normas aprobadas por profesionales ... exigibles
- Moral ... Deontología ... Derecho
- Diferentes profesiones ... ¿diferentes deontologías?
- Deontología común para cada profesión ... diferentes regulaciones
- Objetivo
- Regular conducta profesión ... obtención conductas rectas, honestas y éticas
- Una deontología común y múltiples códigos deontológicos
- Códigos = explicación normas concretas deontología
- Adaptadas y aplicadas a profesiones concretas en lugares y circunstancias diferentes
- Normas establecidas en Códigos Deontológicos pueden respetarse, pero no cumplirse
- Problema
- ¿Quién vela por cumplimiento?
- Art. 36 CE recoge Colegios Profesionales
- Elaboran y aprueban Códigos Deontológicos
- Funciones códigos deontológicos
- Fijar límites libertad y responsabilidad actos carácter profesional
- Cumplen función educativa e informativa
- Proteger a usuarios
- Ante incumplimiento deberes éticos
- Pueden acudir a Colegio a denunciar o interponer queja
- Difícil sustanciar jurídicamente
- También recurrir a Colegios ante comportamiento antijurídico
- Más rapidez que justicia
- Principios códigos deontológicos
- Principio de BENEFICENCIA
- No maleficencia
- No provocar perjuicios, no dañar
- Beneficencia
- Hacer el bien
- Considerar a todos individuos dignos y valiosos
- Principio AUTONOMÍA
- Profesional debe aceptar autonomía cliente
- Todos individuos tomar decisiones en cuestiones que les afecten
- Profesional no prioridad qué y cómo hacer
- Debe informar a cliente
- Y cliente tomar decisiones debidamente informado
- Principio JUSTICIA
- Establece prioridades a la hora de satisfacer demandas de profesionales y usuarios
- Algunas veces olvidan que recursos son limitados
- Otros Principios
- Probidad
- Honestidad y honradez en el ejercicio de su profesión
- Desinterés
- Antepone interés usuario al suyo propio
- Decoro
- Ejercer actividad profesional con dignidad
- Dignificar al colectivo profesional
- Codificación normas deontológicas
- Desde antiguo existencia Códigos deontológicos (juramento hipocrático) Medicina ... consolidación normas exigidas y reguladas por propios profesionales
- Atrocidades II Guerra Mundial ... aplicación códigos deontológicos expresamente regulados
- ¿Necesidad códigos deontológicos?
- Correcto ejercicio profesión
- Conocimientos técnicos
- Comportamiento ético, honesto y responsable con sociedad
- Daño actos profesionales a terceros no siempre regulados por Derecho
- Necesidad Código Deontológico
- ¿PARA QUÉ SIRVE LA DEONTOLOGÍA?
- Razones
- Permiten a diversas profesiones asumir compromisos éticos
- Plasmados en normas por profesionales
- Ejercer autocrítica comportamiento propios profesionales
- Conductas éticas relacionadas con ejercicio profesión ... norma exigible
- Conductas profesionales autorreguladas, controladas y exigibles por propio colectivo profesional
- Permiten a profesionales velar por prestigio y honorabilidad en momentos pérdida prestigio algunos miembros
- Cohesión moral grupo, individuo e instituciones
- SI PROFESIONAL ACTÚA INSPIRADO EN PRINCIPIOS PROBIDAD, DESINTERÉS Y DECORO ... NO NECESIDAD CÓDIGO DEONTOLÓGICO
- Obligatoriedad normas deontológicas
- Sociedades diferentes tipos reglas ... diferentes tipos obligación (religiosas, morales, sociales, jurídicas, deontológicas)
- Jurídicas más importantes
- Pactos surgidos autonomía privada individual o colectiva
- No dudamos de obligatoriedad contrato
- Normas Colegios Profesionales
- Jurisprudencia reconoce eficacia jurídica
- Pero no son normas legales reconocidas como fuente Derecho
- Tampoco acuerdo libre y voluntario ciudadanos
- Sentido de la deontología profesional
- Ética aplicada (Ángela Aparisi)
- Normas deontológicas = exigencia moral anclada en naturaleza profesión
- Obligatoriedad normas depende de grado presión interna individuo dispuesto a asumir desde conciencia
- Moral corporativa (Javier de la Torre Díaz)
- Ética aplicada al mundo profesional mediante normas y códigos conducta exigibles a profesionales y aprobada por Colegios Profesionales
- Alcance dependerá de voluntad colectivo
- Expresada en propios códigos deontológicos
- Derecho (Nielson Sánchez Stewar)
- Deontología no filosofía
- Sino Derecho puro inspirado en principios contenido
- Deontología Profesional asignatura pendiente
- Conjunto principios y reglas éticas que regulan, dirigen y orientan conducta en desarrollo actividad profesional
- Muchos códigos deontológicos profesiones
- No incorporación a planes estudio
- Contenido presente en oposiciones y formación FCSE
- Desmoralización sectores sociedad
- Demanda formación ética desde escuela Primaria
- Sociedad honesta, justa y basada en respeto
- MODELOS DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
- Deontología médica (la más antigua (s. V a.C.)
- Código Deontológico Psicólogo
- DEONTOLOGÍA PROFESIONES JURÍDICAS
- Deberes profesionales Derecho
- Diversos campos actuación ... diversas regulaciones profesionales (abogacía, magistratura, fiscalía, registradores, notarios)
- Código Deontológico Abogacía
- Desde siglo II a.C.
- Códigos deontológicos supranacionales UE
- Normativa
- Estatuto General Abogacía Española RD 2001
- Código Deontología UE
- Código Deontológico Abogacía Española (1987, 1995, 2000, 2002, 2011)
- Código Conducta Abogados ante TPI
- Críticas CGAE y no aceptadas
- Situación preocupante ejercicio Abogacía
- Vulneración derecho secreto profesional y confidencialidad
- CA CCAA
- Últimos años reforma enorme calado
- Afecta ordenación profesiones colegiadas (libre acceso, TIC)
- Afectado Código Deontológico (incompatibilidad, publicidad, competencia desleal, venia, hoja de encargo y deber información, honorarios, cobertura responsabilidad)
- Libertad e independencia, no coacciones ni complacencia
- Relación con libertad elección (no presión física ni psíquica)
- Honradez, probidad, rectitud, lealtad, diligencia y veracidad
- Relacionado con confianza abogado - cliente
- Base honor y dignidad profesión
- Secreto profesional y confidencialidad deberes y derechos abogado
- Derechos fundamentales CE
- Colegialidad (acatar normas Código Deontológico) y formación continua
- Abogado asumir libremente o no dirección asunto
- Cliente libre encomendar intereses a abogado y cesar en relación cuando lo estime oportuno
- Código Deontológico Registradores
- RD 1997 Estatuto General Registradores Propiedad y Mercantiles España
- Coordinar ejercicio actividad profesional Registradores
- Procurar permanente mejora actividades profesionales
- Normas Deontológicas Notarios
- Fuente Ley Notariado 1862, Reglamento Notarial 1944
- Reglamento Notarial destaca fe pública notarial como función y servicio público
- Colegios Notariales y Consejo General Notariado responsables velar ética y dignidad actuación notarios
- Principios fundamentales
- Veracidad
- Diligencia
- Eficacia
- Secreto
- Imparcialidad
- Rectitud
- Respeto a clientes, compañeros y superiores
- Compañerismo
- Solidaridad
- Lealtad
- Conservación documentos
- Claridad
- Honorarios justos y adecuados
- Estudio
- Formación continua
- DEONTOLOGÍA Y DERECHOS HUMANOS
- Deber moral profesionales actividades públicas
- Deber respeto a DDHH
- Fundamento y principios ideales deontológicos orientan acciones
- DDHH producto razón práctica en ámbito concepciones filosóficas
- Reivindicar libertad e igualdad frente a abusos poder
- Conversión en normas jurídicas
- Se plasman en Constituciones democráticas como Derechos Fundamentales
- Paralelismo Deontología Profesional y DDHH
- Inicialmente postulado ético ... principios y declaraciones (por consenso social) ... normas jurídicas
- DDHH establecen umbral conducta correcta
- Delimitación conducta profesional exigible moralmente
- Orientando conducta profesional correcta
- DDHH evidente fuente deberes ejercicio cualquier profesión
- Ejercicio sometido al ordenamiento jurídico
- LA APORTACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA A LA DEONTOLOGÍA
- Art. 26 CE
- Se prohíben Tribunales Honor en ámbito Admón Civil y organizaciones profesionales
- Tribunales formados por miembros misma categoría que inculpado decidían sobre si dignidad permitía acceder a profesión
- TC declara normas deontología profesional Colegios Profesionales no constituyen tratados deberes morales
- Sino normas necesario cumplimiento Colegiados
- Potestades públicas que Ley delega en Colegios Profesionales
- Deontología no es Filosofía
- Derecho inspirado en principios contenido (como todas normas)
- ¿Derecho Público ó Privado?
- Abogado abandona carácter privado profesional al servicio cliente con inmersión en público (función social imprescindible)
- Abogado no exigencia más que otro ciudadano, también vida privada
- Pero en ejercicio funciones debe acatar NORMAS
- ¿División actuación profesional vs privada?
- Dos abogados asociados, ¿relaciones profesionales o privadas?
- Abogados actúan como partes
- ¿Abogado ejerciendo autodefensa? Parte y abogado.
- LEGALIDAD, TIPICIDAD, PUBLICIDAD Y PREVISIBILIDAD NORMA DEONTOLÓGICA
- Norma deontológica obligado cumplimiento ... incumplimiento --> sanciones
- ¿Naturaleza normas deontológicas Códigos?
- No definen conductas típicas
- No cumplen requisito publicación en Diario Oficial
- Pero debe facilitarse a colegiados conocimiento
- Constitución consagra publicidad (no es lo mismo que publicación)
- Relación sujeción especial colegiados respecto código deontológico Colegio
- Conculcación ... infracción sancionable
- Previsible consecuencia punitiva incumplimiento o transgresión
- NO CONSAGRADAS CON RANGO FORMAL DE LEY
- PERO SON OBLIGATORIAS PARA COLEGIADOS
- Costumbre = fuente Derecho
- Percepción hábitos buenos ... obligatorio cumplimiento observancia
- Cuidado con confundir naturaleza normas inspiradoras Deontología
- Principios inspiradores normas
- Abogado actor o elemento fundamental, no sólo colaborador justicia
- Independencia y libertad (EGAE)
- Secreto profesional, confidencialidad, dignidad, confianza, lealtad, transparencia e integridad
- Libertad de obrar
- Nace responsabilidad actos y efectos falta de sujeción y subordinación
- Relación íntima con libertad
- Falta de dependencia (no subordinación a poderes o grupos sociales) ... abstracta y absoluta vs libertad concreta y relativa (capacidad elección, libertad expresión y defensa)
- Conciliación carácter privado profesión
- Independencia ante Juez
- Abogado independiente (como juez), pero no imparcial (defensa cliente)
- Utilización toga, placa y medalla de acuerdo rango, sentados a misma altura
- Sin independencia ... no defensa
- Amparo colegial
- Apoyo o protección
- No regulado
- Si Tribunal ó Autoridad coarta independencia o libertades
- Constancia ante Juzgado, bajo fe Secretario
- Dar cuenta a Junta Gobierno
- Si queja fundada
- Adopción medidas amparar libertad e independencia
- CA requeridos para amparar colegiados
- Independencia frente cliente y frente sí mismo
- Rechazo instrucciones clientes contra propios criterios
- No mandatario sino arrendamiento servicios
- Obligaciones cliente - deberes sociedad
- Cliente admite responsabilidad pero instruye alegación inocencia
- Art. 24 CE (derecho no declararse culpable)
- Inocencia se presume, no necesita acreditación
- Acusación debe probar
- Confesión culpabilidad presunto delincuente no plena prueba (puede ser por notoriedad, encubrimiento, ignorancia, desconocimiento, discapacidad)
- No faculta a Abogado alegar hechos falsos, ni pruebas amañadas, ni pretendidas coartadas
- Colisión obligaciones - posición personal
- Abogado actividades incompatibles con defensa plena, libre e independiente
- Designación Abogado por tercero que se hace cargo servicios para defensa cliente
- Conflicto intereses tercero vs cliente
- Conflicto actuación para dos ó más clientes
- Art. 12.4 Código Deontológico
- Abogado no aceptación defensa intereses contrapuestos con otro cliente o propio Abogado
- Rechazo instrucciones segundo cliente
- Abstención asuntos conjunto clientes afectados por misa situación
- Conflicto fundamento compatibilidad
- Abstenerse actividad incompatible con desarrollo correcto ejercicio Abogacía
- Conflicto Abogado - despacho
- Art. 6 RD 1331/2006
- Despacho no puede dar órdenes ó instrucciones, ni recomendar asuntos
- Actuación en beneficio todas partes: conflictos matrimoniales
- Art. 13.4 CD mediador o preparador y redactor documento contractual
- Actividad explicativa y apartarse del asunto si imposible conciliar partes
- No asunción defensa parte en contra otras
- Separación y divorcio mutuo acuerdo
- Excepción a actuación Abogado
- Parcial, defiende o asesora una parte, profesionalidad y rigor
- Incompatibilidades como salvaguarda de la independencia
- CD no establece causas incompatibilidad
- Regula obligación solicitar baja si incurso incompatibilidad Abogacía
- Actividad menosprecio libertad, independencia, dignidad
- Requisitos ejercicio exclusivo profesión o limitaciones ejercicio conjunto dos o más profesiones establecidos por ley
- Auditor no suficientemente independiente
- No ejercicio Abogacía para compañía auditada
- Incompatible con actuación ante órganos jurisdiccionales funcionarios o contratados cónyuge, relación afectiva análoga o familiar hasta segundo grado consanguineidad o afinidad
- Independencia principio esencial no rebaja ni limitación
- Libertad graduable por naturaleza y carácter relativo
- Abogado independiente, pero ¿libre?
- Libertad defensa
- No privilegio sino obligación para cliente
- Frente a ius poniendi contrapoder defensa, poder encomendado a Abogado
- Acusado derecho defensa nace con Constitución EEUU
- Posible autodefensa procedimientos menores (para no producir indefensión)
- Derecho a defensa justiciable obligación ... Abogado pieza fundamental Admón justicia
- Libertad defensa = forma y elección medios
- Abogado decide forma y estrategia cliente
- Abogado no puede ampararse en libertad defensa para no acompañar documentos en momento procesal, no comparecer en recurso apelación, o no presentar recurso en plazo
- Responsabilidades
- CD prevé renuncia o abstención Letrado ante disentimiento personal con cliente
- Manda Abogado, pero cliente es dueño asunto
- Libertad elección quién dirigir
- Libertad elección cliente
- Justiciable derecho a elegir abogado
- Excepto asistencia jurídica gratuita
- No posible autoridad judicial o funcionarios aconsejar abogado
- Libertad cliente mutua
- Abogado puede renunciar a defender cliente
- Salvo adscripción turno oficio
- Actos necesarios para que cliente no indefensión
- No aceptación asuntos si no preparado o competente
- Libertad establecimiento (Directiva 985/CE PE y Consejo 16/02/1998)
- Movimiento libre y residir donde considere oportuno
- A pesar de ello, Abogado ha de tener despacho abierto
- En territorio CA incorporado y ejerza habitualmente profesión
- Libertad plena desplazamiento España y Europa
- Libertad funcional o competencial
- No reconocimiento especialidades
- Puede dedicarse a cualquiera de ellas sin necesidad acreditar conocimientos o aptitudes
- Limitación no aceptar asuntos para los que no se encuentre preparado a no ser colaboración alguien competente
- Para turno oficio
- 3 años colegiación
- Relación no surge voluntad partes
- 5 años para Concurso Acreedores
- Aprobación cursos Escuela Práctica Jurídica
- Libertad expresión
- Derecho fundamental
- LOPJ la equipara con libertad defensa
- Expresión ideas o argumentos
- Derecho no absoluto
- Limitado por otros valores o bienes jurídicos dignos protección
- Limitada por respeto a personas, cosas, ideas y opiniones
- Abogado debe defender dignidad personas
- Subjetividad
- ¿Expresión ofensiva vs desagradable?
- No utilizar medios fraudulentos o incitar a usarlos
- CA misión amparar colegiados
- No sólo entre Tribunales, sino en cualquier contexto actuación defensa cliente
- Elemento inspirador deontología
- Ppio fundamental normas éticas conducta Abogacía (después independencia)
- Afectada si incumple obligación actuar honesta y diligentemente
- Con competencia, lealtad al cliente, respeto a parte contraria, secreto profesional
- Inspira publicidad abogado
- Digna, leal y veraz
- Dignidad en EGAE
- CA ordenando actividad profesional
- Velar por información, ética y dignidad profesional
- Deber colegiados denunciar CA atentado libertad, independencia o dignidad Abogado en ejercicio funciones
- Infracción muy grave actos y omisiones ofensa grave dignidad profesión
- Sanción
- Norma sancionadora en blanco
- Dignidad en Congresos Abogacía
- CA celo ejercicio profesión con dignidad, libertad, independencia y probidad)
- Pueden, a instancia de parte visar contratos reguladores actuación Abogados
- La toga y el atuendo
- 1982 Abogado traje, corbata y zapatos negros, camisa blanca, toga, y potestativamente birrete sin ningún distintivo
- Ahora distintivo CA
- Otros privilegios Abogacía (art. 32 EGAE) (exención obligación o ventaja exclusiva)
- Exhibición medallas profesionales
- Cubrirse y descubrirse (enraizado privilegios nobleza)
- Uso toga incluso si juzgado por comisión delito
- LOPJ estrado misma altura, EGAE mesa y ubicación
- Limitación normas proceso judicial y decoro Cámara
- Defensa derecha
- Acusación izquierda
- Fijación honorarios, publicidad (y derivado publicidad captación clientela)
- Concepto dignidad
- Cargo y empleo honorífico y autoridad
- Digno, excelencia, realce, gravedad y decoro manera comportarse
- Modo comportarse según reglas aplicables situación y momento
- Cumplimiento deber
- Abogado disciplinado, firme y sensible vida profesional
- Fiel intérprete ley
- Guardián y defensor principios jurídicos, justicia y verdad
- Responsable, puntual, sereno, fe en causa cliente
- Honesto, veraz, prudente, fiable, respetable, atento a compromiso con cliente y diligente
- Paciente vs agresivo
- Evita pelea
- Mediador y prevención vs atacar y defender
- No promete victorias ni anima a la gente a ir a juicios
- Integridad antecedida por confianza
- Confianza = esperanza firme en alguien o por algo
- Honradez, probidad, rectitud, lealtad, diligencia y veracidad
- CD confianza e integridad principios
- Confianza entre compañeros
- Confianza = interés cliente
- No transformar confianza en base fomento relaciones distintas a recto proceder
- Compañerismo no motivo enfrentar intereses Abogado vs cliente
- Trabajo conjunto ayuda servir intereses clientes
- Origen confianza primera visita
- Permanecer en tiempo
- Fundamental seguridad
- Probidad y transparencia
- Confianza no valor en sí
- Resultado práctica valores
- Integridad y probidad (honradez)
- Probidad sólo en preámbulo CD
- Causa relación confianza abogado - cliente
- TC ha señalado falta probidad
- Manifiesto abuso derecho, fraude ley, fraude procesal
- Probidad = honradez = ánimo integridad obrar
- Juramento o promesa compromiso público actuación
- Adherencia a normas juramento acto solemne (vestido con toga)
- LOPJ antes inicio ejercicio profesional
- EGAE prestación privada ante Junta Gobierno CA (compromiso ratificación pública)
- Parcialidad e imparcialidad Abogado
- Imparcialidad deber funcionarios públicos
- Pero no propia de Abogado
- Nunca actuación imparcial
- No juzgar a cliente ... pérdida de confianza
- Fin defender cliente
- Especial atención insostenibilidad pretensión
- No alegato vía penal hechos punibles
- Abogado debe ayudar al cliente a no declarar en su contra
- Se presenta ante CA
- Pero nunca ante Juzgado conociendo asunto
- Perjudica gravemente interés justiciable
- Actuación a favor personas con intereses en conflicto
- Abogado no puede aceptar defensa intereses contrapuestos con otro cliente o con los propios
- No obstante, actuación mediador o redacción documentos contractuales
- Estricta y exquisita objetividad
- Imparcialidad
- No favorecer ninguna parte
- Mediación
- Acción y efecto mediar
- Interponerse entre dos partes ... reconciliar
- Principios 80 EEUU leyes creando figura mediador
- Indispensable figura tercero
- No juez ni árbitro
- Juez investido autoridad imponer solución
- Árbitro mutuo acuerdo entre partes
- No facultad imponer solución
- Exigencia algo más que sentido común y buena voluntad
- Desinterés y veracidad
- Veracidad = profesar siempre verdad
- Limitado por secreto profesional
- Manifestación no declarar contra sí mismo (Constitución Española)
- Deber no absoluto
- Vale en medida que ejercicio contribuya a confianza.
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